Gobierno de la Provincia de Buenos Aires
Decreto 340/2004
Fecha de promulgación: 08/03/2004
Fecha de publicación: 29/03/2004
Número de Boletín Oficial: 24903
Tipo de publicación: Integra

Resumen

ESTABLECE QUE EL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS FUNCIONARA EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA.(ORGANIZACIóN-REQUISITOS)

Observaciones

Sin observaciones.

Documentos

Anexos

Ninguno.

Normas relacionadas con Decreto 340/2004

NormaResumen
Resolución 814/2020

del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Establece la inscripción de deudores alimentarios morosos podrá ser efectuada, además de la forma prevista en el artículo 15 del Decreto Reglamentario Nº 340/04, cuando haya sido ordenada mediante oficio judicial firmado digitalmente y sea posible verificar la firma del Juez o Secretario por los medios autorizados por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.
Ley 13074

CREA EL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS.
Última actualizacion: 10/12/2020 10:50