| Complementada por Resolución 255/2020 de la Dirección Ejecutiva del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) | 07/08/2020 | Prorrogar la restricción transitoria de ingreso de visitantes a las Reservas Naturales que se encuentran bajo la órbita de este Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible dispuesta por Resolución OPDS N° 171/20, prorrogada por sus similares N° 182/20, N° 189/20, N° 200/20, N° 208/20, N° 222/20, N° 228/20 y N° 242/20, hasta el 2 de agosto de 2020, inclusive. Permitir el ingreso a las siguientes Reservas Naturales, una vez que se haya aprobado el protocolo correspondiente y en la medida en que se mantengan los criterios epidemiológicos y sanitarios establecidos en el artículo 2 del Decreto PEN N° 605/2020 y 3 del Decreto Provincial N° 604/2020: Parque Provincial Ernesto Tornquist (Partido Tornquist). Reserva Natural de Objetivos Definidos El Destino (Partido Magdalena). Reserva Natural de Objetivos Definidos Laguna de Chasicó (Partido de Villarino y Puan).
Reserva Natural de Objetivos Definidos Pehuen Có -Monte Hermoso (Partido de Rosales y Monte
Hermoso). Reserva Natural de Objetivos Definidos Rincón de Ajó (Partido de Gral. Lavalle y de la Costa). Reserva Natural Privada de Objetivo Definido Mixto Sierras Grandes (Partido Tornquist). Reserva Natural de Usos Múltiples Arroyo Zabala (Partido de Necochea y San Cayetano). Reserva Natural de Usos Múltiples Laguna Salada Grande (Partido Gral. Madariaga). |
| Complementada por Resolución 1792/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros | 10/08/2020 | APRUEBA EL NUEVO CUADRO DE ACTIVIDADES COMPRENDIDAS EN EL SISTEMA DE FASES SEGÚN MUNICIPIO, ESTABLECIDO POR LA RESOLUCIÓN N° 1711/2020 DEL MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. (AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO- EMERGENCIA SANITARIA- COVID 19). |
| Complementada por Resolución conjunta 1379/2020 de la Dirección General de Cultura y Educación | 13/08/2020 | (Firma Conjunta) Prorrogar desde el 1º y hasta el 31 de agosto de 2020 el “Programa de Incorporación Especial de Docentes y Auxiliares Suplentes en el marco de la emergencia sanitaria” creado por la Resolución N° 760/20 y modificado, complementado y prorrogado por las Resoluciones Nº 761/20, N°901/20, Nº 1072/20 y Nº 1195/20, todas ellas de la Dirección General de Cultura y Educación. (Covid-19 - Coronavirus) |
| Derogada por Decreto 701/2020 | 18/08/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 771/2020) Aprueba la Reglamentación para la Implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el Desarrollo de las Actividades y Servicios Exceptuados del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de la prohibición de Circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus normas complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 677/2020. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 del 17 al 30 de agosto de 2020. Deroga el Decreto 689/2020, manteniendo su vigencia el Artículo 10 del Decreto 282/2020 (Municipalidades-Protocolos-Requisitos-Habilitaciones-Excepciones-Covid 19-Coronavirus). |
| Complementada por Decreto 307/2021 | 23/05/2021 | (CONVALIDADO POR LEY 15310) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020, la vigencia del Decreto 203/2020 y la vigencia de la delegación de facultades establecidas en el Decreto 270/2021 desde el 22 de mayo y hasta el 11 de junio de 2021 (Decretos Nacionales 287 y 334 de 2021-Jefatura de Gabinete de Ministros-Dirección General de Cultura y Educación- Medidas temporarias, focalizadas y de alcance local-Prevención-Contagios-Alarma epidemiológica-Emergencia sanitaria-Covid-19-Coronavirus). |
| Complementada por Decreto 270/2021 | 03/05/2021 | (CONVALIDADO POR LEY 15310) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 desde el 1º de mayo y hasta el 21 de mayo de 2021. delega facultades para la implementación de medidas generales de prevención y disposiciones locales y focalizadas de contención, de conformidad con el Decreto Nacional 287/2021. sustituye el Artículo 3° del Decreto 203/2020. deroga los Decretos 178/2021 y 181/2021, a excepción del Artículo 3° de este último (Jefatura de Gabinete de Ministros-Dirección General de Cultura y Educación-Clases presenciales-Condiciones epidemiológicas-Protocolos de acompañamiento de Pacientes-Autorizaciones-Excepciones-Actividades-Vacunación-Emergencia Sanitaria-Covid-19-Coronavirus). |
| Complementada por Decreto 178/2021 | 09/04/2021 | (CONVALIDADO POR LEY 15310) (DEROGADO POR DECRETO 270/2021) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 desde el 9 y hasta el 30 de abril de 2021. Delega facultades para la implementación de medidas generales de prevención y disposiciones locales y focalizadas de contención. Deroga el Decreto 128/2021 (Decreto Nacional 235/2021-Jefatura de Gabinete de Ministros-Dirección General de Cultura y Educación-Políticas Sanitarias-Clases Presenciales-Condiciones Epidemiológicas-Horarios-Restricciones-Circulación-Autorizaciones-Excepciones-Actividades-Acompañamiento de Pacientes-Sanciones-Protocolos-Emergencia Sanitaria-Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio-Coronavirus-Covid 19). |
| Complementada por Decreto 128/2021 | 18/03/2021 | (CONVALIDADO POR LEY 15310) (DEROGADO POR DECRETO 178/2021) Prorroga, hasta el 9 de abril de 2021, la vigencia de la reglamentación para la implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, y de la prohibición de circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus normas complementarias. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020, desde el 13 de marzo y hasta el 9 de abril de 2021 (Emergencia Sanitaria-Coronavirus-Covid 19). |
| Complementada por Decreto 106/2021 | 06/03/2021 | (CONVALIDADO POR LEY 15310) Prorroga, por el término de 180 días a partir de su vencimiento, el Estado de Emergencia Sanitaria declarado en el ámbito de la Provincia, a tenor de la enfermedad por el nuevo Coronavirus y aprueba la reglamentación para la implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el Desarrollo de las Actividades y Servicios Exceptuados del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, y de la Prohibición de circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus normas complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 125/2021. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020, desde el 1° y hasta el 12 de marzo de 2021. Deroga el Decreto 40/21 (Municipalidades-Protocolos-Requisitos-habilitaciones-Excepciones-Covid 19). |
| Complementada por Decreto 40/2021 | 04/02/2021 | (DEROGADO POR DECRETO 106/2021) Aprueba la Reglamentación para la implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el Desarrollo de las actividades y servicios exceptuados del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, y de la Prohibición de Circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus normas complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 67/2021. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 del 1º al 28 de febrero de 2021. Deroga el Decreto 1231/2020 (Dispo-ASPO-Municipios-Recomendaciones-Protocolos-Excepciones-Covid 19). |
| Complementada por Decreto 1231/2020 | 29/12/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 40/2021) Aprueba la reglamentación para la implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de la prohibición de circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020, de conformidad con el Decreto Nacional 1033/2020. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020, desde el 21 de diciembre de 2020 y hasta el 31 de enero de 2021. Deroga el Decreto 1103/2020 (Dispo-Aspo-Salud Pública-Aperturas-Control Sanitario-Recomendaciones-Prevención-Protocolos-Covid 19). |
| Complementada por Decreto 1103/2020 | 04/12/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 1231/2020) APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA MEDIDA DE DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS EXCEPTUADOS DEL AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y DE LA PROHIBICIÓN DE CIRCULAR, DISPUESTA POR EL DECRETO NACIONAL 297/20, DE CONFORMIDAD CON EL DECRETO NACIONAL 956/20. PRORROGA LA VIGENCIA DEL DECRETO 203/20 Y DEL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 132/20 DESDE EL 30 DE NOVIEMBRE Y HASTA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2020. DEROGA EL DECRETO 976/2020 (DISPO-ASPO-SALUD PÚBLICA-APERTURAS-CONTROL SANITARIO-RECOMENDACIONES-PREVENCIÓN-PROTOCOLOS-COVID 19). |
| Complementada por Decreto 976/2020 | 09/11/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 1103/2020) APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA MEDIDA DE DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS EXCEPTUADOS DEL AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO Y DE LA PROHIBICIÓN DE CIRCULAR, DISPUESTA POR EL DECRETO NACIONAL 297/2020, DE CONFORMIDAD CON EL DECRETO NACIONAL 875/20. PRORROGA LA VIGENCIA DEL DECRETO 203/20 Y DEL PLAZO DE LA SUSPENSIÓN DEL ART. 3° DECRETO 132/2020, DESDE EL 9 Y HASTA EL 29 DE NOVIEMBRE DE 2020. DEROGA EL DECRETO 944/20 (DISPO-ASPO-SALUD PÚBLICA-APERTURAS-CONTROL SANITARIO-RECOMENDACIONES-PREVENCIÓN-PROTOCOLOS-CORONAVIRUS-COVID 19). |
| Complementada por Decreto 944/2020 | 29/10/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 976/2020) APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA MEDIDA DE “DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” Y PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS EXCEPTUADOS DEL “AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” Y DE LA PROHIBICIÓN DE CIRCULAR DISPUESTA POR EL DECRETO NACIONAL 297/2020 Y SUS NORMAS COMPLEMENTARIAS, DE CONFORMIDAD CON EL DECRETO NACIONAL 814/2020. PRORROGA LA VIGENCIA DEL PLAZO DE LA SUSPENSIÓN DISPUESTA POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 132/2020 Y LA VIGENCIA DEL DECRETO 203/2020 DESDE EL 26 DE OCTUBRE Y HASTA EL 8 DE NOVIEMBRE DE 2020. DEROGA EL DECRETO 884/2020 (COVID 19 – CORONAVIRUS).
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| Complementada por Decreto 884/2020 | 15/10/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 944/2020) Aprueba la reglamentación para la implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el Desarrollo de las Actividades y Servicios exceptuados del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de la prohibición de Circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus normas complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 792/2020. prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 desde el 12 y hasta el 25 de octubre de 2020. Deroga el Decreto 774/2020 (Coronavirus-Covid 19). |
| Complementada por Decreto 774/2020 | 23/09/2020 | (DEROGADO POR DECRETO 884/2020) Aprueba la reglamentación para la implementación de la medida de "Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados del "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y de la prohibición de circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus Normas complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 754/2020. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020, desde el 21 de septiembre al 11 de octubre de 2020. Deroga el Artículo 4 del Decreto 771/2020 (Municipalidades-Protocolos-Requisitos-Habilitaciones-Excepciones-Coronavirus-Covid 19). |
| Complementada por Decreto 771/2020 | 04/09/2020 | Prorroga, por el término de 180 días a partir de su vencimiento, el estado de Emergencia Sanitaria declarado en el ámbito de la Provincia, por el Decreto 132/2020. Aprueba la reglamentación para la implementación de la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular dispuesta por el Decreto Nacional 297/2020 y sus Normas Complementarias, de conformidad con el Decreto Nacional 714/2020. Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020, desde el 31 de agosto y hasta el 20 de septiembre de 2020. Faculta al Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros a dictar las reglamentaciones necesarias para la práctica de competencias automovilísticas. Deroga el Decreto 701/2020, manteniendo su vigencia el Artículo 10 del Decreto 282/2020 (Municipalidades-Protocolos-Requisitos-Habilitaciones-Excepciones-Covid 19-Coronavirus). |
| Complementada por Decreto 361/2021 | 13/06/2021 | (Convalidado por Ley 15310) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020, la vigencia del Decreto 203/2020 y la vigencia de la delegación de facultades establecidas en el Decreto 270/2021 desde el 12 y hasta el 25 de junio de 2021 (Decretos Nacionales 287, 334 y 381 de 2021-Jefatura de Gabinete de Ministros-medidas temporarias, focalizadas y de alcance local-Prevención-contagios-Alarma Epidemiológica-Emergencia Sanitaria-Covid-19-Coronavirus). |
| Complementada por Decreto 403/2021 | 28/06/2021 | (CONVALIDADO POR LEY 15310) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020, la vigencia del Decreto 203/2020 y la vigencia de la delegación de facultades establecidas en el Decreto 270/2021 desde el 26 de junio y hasta el 9 de julio de 2021 (Decretos Nacionales 287, 334, 381 y 411 de 2021-Jefatura de Gabinete de Ministros-Medidas temporarias, focalizadas y de alcance local-Prevención-Contagios-Alarma Epidemiológica-Emergencia Sanitaria-Covid-19-Coronavirus). |
| Complementada por Decreto 476/2021 | 12/07/2021 | (CONVALIDADO POR LEY 15310) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020, la vigencia del Decreto 203/2020 y la vigencia de la delegación de facultades establecidas en el Decreto 270/2021 desde el 10 de julio y hasta el 6 de agosto de 2021 (Decretos Nacionales 287, 334, 381, 411 y 455 de 2021-Jefatura de Gabinete de Ministros-Medidas temporarias, focalizadas y de alcance local-Prevención-Contagios-Alarma epidemiológica-Emergencia Sanitaria-Covid-19-Coronavirus). |
| Complementada por Decreto 583/2021 | 10/08/2021 | (CONVALIDADO POR LEY 15310) Prorroga la vigencia del plazo de la suspensión dispuesta por el Artículo 3° del Decreto 132/2020 y la vigencia del Decreto 203/2020 desde el 7 de agosto y hasta el 1° de octubre de 2021 (Decreto Nacional 494/2021-Jefatura de Gabinete de Ministros-Ministro de Salud-Directora General de Cultura y Educación-Salud Pública-Facultades-Protocolos-Restricciones-Medidas Temporarias, Focalizadas y de Alcance Local-Sanciones-Emergencia Sanitaria-Covid-19-Coronavirus). |