Gobierno de la Provincia de Buenos Aires
Ley 1688
Fecha de promulgación: 17/01/1884
Fecha de publicación:
Número de Boletín Oficial:
Tipo de publicación: Integra

Resumen

AUTORIZANDO AL PODER EJECUTIVO A INVERTIR FONDOS EN LA CONSTRUCCION DE EDIFICIOS PUBLICOS EN LA CIUDAD DE LA PLATA, A LOS QUE SE REFIERE LA LEY 1579.

Observaciones

Sin observaciones.

Anexos

Ninguno.

Normas relacionadas con Ley 1688

NormaResumen
Ley 1579

CONSTRUCCION DE EDIFICIOS PUBLICOS EN LA NUEVA CAPITAL. (LEY 1676 DEROGA EN LO REFERENTE A CONSTRUCCION DE UN HOSPITAL)
Ley 1581

SE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO PARA ADQUIRIR Y VENDER MATERIALES PARA LA CONSTRUCCION DE EDIFICIOS EN LA NUEVA CAPITAL (LA PLATA).
Última actualizacion: 26/04/2019 10:08