| Norma | Resumen |
|---|---|
| Resolución 1896/2021 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos | Establece que durante la vigencia de la Tarifa Cero dispuesta por el artículo 5° de la Ley N° 15.192 y normas complementarias, a los efectos del reconocimiento de pago de la bonificación equivalente al treinta por ciento (30%) de los conceptos eléctricos facturados a los Clubes de Barrio y de Pueblo que acceden al beneficio de la resolución Conjunta Nº 1/19 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos y el Ministerio de Desarrollo Social, y en el caso que asimismo resulten beneficiarios de la aplicación de la Tarifa Cero, los distribuidores deberán confeccionar una facturación a dicho efecto, aplicando el correspondiente encuadramiento tarifario, la cual deberá ser presentada al Organismo de Control de Energía Eléctrica (OCEBA). |