Gobierno de la Provincia de Buenos Aires
Resolución conjunta 110/2020
del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros - Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica.
Fecha de promulgación: 19/11/2020
Fecha de publicación: 20/11/2020
Número de Boletín Oficial: 28900
Tipo de publicación: Integra

Resumen

(Firma Conjunta) NOTA: Por Resolución Firma Conjunta N° 188/2020, modifica el artículo 3° de la presente). Establecer que los municipios en los cuales se autorice el desarrollo del turismo y sus actividades afines, en los términos de la Resolución Conjunta N° 109/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, deberán informar a dichos Ministerios la mencionada autorización, mediante nota suscripta por Intendente Municipal. Aprueba la “Guía de Recomendaciones y Buenas Prácticas Turísticas”

Observaciones

Sin observaciones.

Documentos

Anexos

Nombre
Descripción
Anexo I
MODELO DE NOTA DEL INTENDENTE MUNICIPAL
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ANEXO
Anexo II
INFORMACIÓN DE CARÁCTER OBLIGATORIO PARA LOS MUNICIPIOS
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ANEXO
Anexo III
DECLARACIÓN JURADA DE CONFIDENCIALIDAD
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ANEXO
Anexo IV
“GUÍA DE RECOMENDACIONES Y BUENAS PRÁCTICAS TURÍSTICAS”
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ANEXO

Normas modificadas y/o complementadas por Resolución conjunta 110/2020

Ninguna.

Normas que modifican y/o complementan a Resolución conjunta 110/2020

NormaFecha de publicaciónResumen
Modificada por Resolución conjunta 188/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica05/01/2021(Firma Conjunta) Modificar el artículo 3° de la Resolución Conjunta N° 110/2020 de estos Ministerios de Jefatura de Gabinete de Ministros y de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica.
Complementada por Resolución conjunta 37/2021 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros06/04/2021Autoriza, en los municipios de la Provincia de Buenos Aires, el desarrollo del turismo y sus actividades afines de conformidad con el sistema de fases establecido por la Resolución N° 485/2021 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y prorrogada su similar N° 704/2021, o aquella norma que en el futuro la reemplace. El inicio y la continuidad de las actividades quedarán sujetos al estricto cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Conjunta N° 110/2020 y sus modificatorias.
Última actualizacion: 05/01/2021 10:20